El sector veterinario rechaza en tromba el 'lavado de cara' del decreto de los antibióticos
El proyecto de modificación del decreto sobre la prescipción de medicamentos veterinarios ha recibido un aluvión de alegaciones del sector. La petición de los médicos sigue centrada en la derogación del RD666/2023 por ser desproporcionado con una carga administrativa exagerada además de que incorpora a unos “intérpretes auténticos” a los que otorga la facultad de imponer su criterio en cualquier momento sin ningún control legal . Aluvión de alegaciones a la modificación del decreto que ahora deja actuaciones y sanciones en manos de ‘intérpretes auténticos’ que nadie sabe ni quiénes son
Por Emer IGLESIAS
A final de enero, el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación anunció un proyecto de reforma del polémico decreto sobre medicamentos veterinarios y abrió un proceso de consulta pública que finalizó el pasado 19 de febrero.
El proyecto de reforma, según el Ministerio, tenía el objetivo de simplificar el decreto 666/2023 a través de la “mejora del régimen de cesión de medicamentos, la clarificación de la prescripción y el uso de antibióticos y la reducción de las cargas administrativas asociadas a la base de datos del sistema Presvet”.
Con muy buenas palabras, el Ministerio intentó calmar al sector veterinario que lleva en pie de guerra desde el 1 de enero del pasado año; pero ha conseguido todo lo contrario.
Según los profesionales de la medicina animal, estas modificaciones además de que no solucionan el problema de las grandes dificultades que tienen para la prescripción de medicamentos ni el riesgo de incurrir en desproporcionadas sanciones, agravan aún más el problema.
Según el escrito de alegaciones presentado por el Colegio de Veterinarios de Madrid, “El Real Decreto 666/2023, con el régimen actual de prescripción, uso y cesión de medicamentos veterinarios, continúa siendo muy deficiente y más restrictivo que la normativa europea de aplicación lo que conlleva que se mantengan restricciones adicionales que no existen en otros países de nuestro entorno y que carecen de motivación, proporcionalidad y no se justifica por las razones que incorpora el Tratado de la Unión Europea”.
Esto provoca que “en España el veterinario está limitado injustificadamente en su ejercicio clínico con restricciones en el acceso efectivo a determinados medicamentos, con un control exhaustivo de la prescripción y uso de antibióticos, además de cada vez tener que ejercer con una carga burocrática más intensa (obligaciones de registro, comunicación y reporte, especialmente en materia de antimicrobianos, con PRESVET, con la emisión de recetas)”.Merma del criterio clínico
Según la organización colegial “hay que añadir que se está mermando la libertad de criterio clínico del veterinario, fundamental para tomar decisiones diagnósticas y terapéuticas, basándose en su formación, experiencia y en las circunstancias del caso concreto. Se deben de imponer menos protocolos o normas rígidas y estar más sometidos a las evidencias científicas, que son las que deben marcar las pautas de actuación en cada momento”.
Si bien los profesionales reconocen que las modificaciones que ahora se plantean contemplan parte de sus reivindicaciones, las califican “del todo insuficientes, porque no se recogen todos los cambios solicitados por el colectivo y se continúa con restricciones que no tienen razón de ser y que perjudican al bienestar animal”.
Para los veterinarios estas modificaciones son un lavado de cara a la galería ya que “las cuestiones de máxima relevancia no son tenidas en cuenta”. Por ello siguen solicitando como primera medida la derogación inmediata del RD 666/2023.
Ante la posible negativa por parte del Ministerio, los profesionales plantean modificaciones punto por punto, cada una con su justificación, al texto sometido a consulta pública, la mayoría dirigidas a dotar al veterinario de más autonomía en su trabajo.
Por ejemplo, en el ámbito de expedición de recetas, piden que se incluya en el artículo 32.2 “Las recetas veterinarias se expedirán tras un examen clínico por el veterinario prescriptor, que debe ser justificado mediante visitas anotadas con firma manuscrita o por cualquier otro sistema digital”, para ajustar este artículo a los requisitos exigidos en la UE.
En el 32.7 proponen “Se considerará que un medicamento o un tratamiento no es eficaz o es inadecuado sobre: a) La base de los resultados laboratoriales realizados; b) La observación de la no remisión de la sintomatología clínica tras la administración del medicamento, o c) Por una evaluación científica, contrastada por el veterinario”. Esta petición se basa en que a su juicio, “La nueva redacción del artículo 32.7 del proyecto incluye una nueva obligación y carga burocrática para el veterinario clínico de farmacovigilancia, de manera individualizada, que consideramos injustificada en el supuesto de que exista una evaluación científica contrastada por el veterinario”.‘INTÉRPRETES AUTÉNTICOS’
El punto que más ha encendido a los médicos de los animales ha sido la aparición de una Disposición Adicional Tercera que da todo el poder interpretativo a los funcionarios y que califican de “lesiva”. Según la Asociación de Medicina Bovina, Anembe, “otorga a funcionarios del Ministerio la facultad de imponer su propio criterio, en cualquier momento, de forma indiscutible y con control legal efectivo”. Para Anembe estas interpretaciones podrían vaciar de contenido los avances logrados mediante simples notas interpretativas, convirtiendo a funcionarios en ‘interpretes auténticos’ con criterios vinculantes incluso para los instructores de expedientes sancionadores de las comunidades autónomas”.
El Colegio de Veterinarios de Madrid coincide en su crítica: “Las posibles aclaraciones o interpretaciones de lo dispuesto en el Real Decreto pueden dar lugar a más restricciones de las que ya existen. Consideramos que el texto del Real Decreto debería contemplar ya las modificaciones que se proponen de forma completa, amplia y clara, y no existir necesidad de emitir actos aclaratorios o interpretativos como los que se pretende. Además, la expresión ‘intérpretes auténticos’ resulta inapropiada en el ámbito administrativo general, al arrogarse derechos que corresponden a órganos jurisdiccionales”.
El punto que más ha encendido a los médicos de los animales ha sido la aparición de una Disposición adicional tercera que da todo el poder interpretativo a los funcionarios y califican de “lesiva”.
Según Anembe, esta Disposición adicional “otorga a funcionarios del Ministerio y de la AEMPS la facultad de imponer su propio criterio, en cualquier momento, de forma indiscutible y con control legal efectivo”.
Para Anembe estas interpretaciones podrían vaciar de contenido los avances logrados mediante simples notas interpretativas, convirtiendo a funcionarios en ‘interpretes auténticos’ con criterios vinculantes incluso para los instructores de expedientes sancionadores de las comunidades autónomas”.
El Colegio de Veterinarios de Madrid coincide en su crítica: “Las posibles aclaraciones o interpretaciones de lo dispuesto en el Real Decreto pueden dar lugar a más restricciones de las que ya existen. Consideramos que el texto del Real Decreto debería contemplar ya las modificaciones que se proponen de forma completa, amplia y clara, y no existir necesidad de emitir actos aclaratorios o interpretativos como los que se pretende. Además, la expresión ‘intérpretes auténticos’ resulta inapropiada en el ámbito administrativo general, al arrogarse derechos que corresponden a órganos jurisdiccionales”.
(Páginas 38 y 39)
Los veterinarios no están solos
Los veterinarios dicen basta: “Nos tratan como delincuentes”
Los veterinarios piden la retirada del sistema de prescripción de antibióticos

