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Personas sin discapacidad en Andalucía podrán tener un perro de asistencia

 perro de asistencia

La normativa en elaboración da un paso más en la regulación de los perros de asistencia, que por ahora ninguna comunidad española, ni prácticamente ningún país europeo, solo EE UU, han dado e incluye problemas de salud que no lleven aparejado el reconocimiento de discapacidad como requisito suficiente para reconocer la condición de perro de asistencia. En el borrador del decreto sobre perros de asistencia indica que de manera excepcional una persona sin reconocimiento de discapacidad podrá tener uno si padece una enfermedad que motive esta necesidad

Por Emer IGLESIAS

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Una de las primeras condiciones que se exigen en casi todas las legislaciones para reconocer un perro de asistencia es que el usuario tenga declarada por los organismos oficiales una discapacidad del 33%. Andalucía, da un paso al frente y también lo reconocerá sin necesidad de ese certificado de discapacidad.
Esto no significa que la ley vaya a ser un coladero de perros de asistencia y veamos personas en cualquier local o medio de transporte con su perrito.
El borrador del decreto deja bien claro que es un requisito para iniciar el procedimiento de reconocimiento de la condición de perro de asistencia: “Con carácter excepcional, no teniendo reconocida oficialmente una discapacidad, padecer una enfermedad que motive la necesidad de la asistencia, bien porque dicha enfermedad no lleve aparejado el reconocimiento de dicha condición legal en los supuestos previstos en dicha Ley, o bien porque se esté en trámites de valoración del grado de discapacidad”.
Es decir, esto no lo podrá pedir cualquiera solamente alegando algún problema emocional o mental, sino que será necesario demostrar la necesidad de esa asistencia, “tendrá que llevar años trabajando con un psicólogo o psiquiatra y con un perro debidamente entrenado para ello”, indica a LADRIDOS Marta Sainz Gómez Instructora de Perros de Asistencia en K9MALAGA, escuela canina que lleva años trabajando por el reconocimiento de estos perros.
“Esto es un paso muy importante que nos sorprendió del borrador, es una puerta abierta al posible perro de apoyo emocional, que la verdad es que muchas personas necesitan, algo que no está regulado en otras comunidades”, matiza Marta Sainz.
En realidad esta redacción del decreto lo que abre la puerta no es a un tipo nuevo de perro de asistencia, “sino a facilitar ese perro a personas que no llegan a ese 33% de discapacidad, hay enfermedades que no tienen esa consideracion, o que el porcentaje es menor, y la persona necesita el perro, con este decreto pretendemos que lo pueda tener”, indica a LADRIDOS Pedro Calbó Roca, director general de personas con discapacidad de la Junta de Andalucía.
“Para reconocer un perro de ayuda emocional habría que modificar la ley y añadirlo, este decreto no lo añade, lo que abre la puerta es las personas que no llegan al 33% de discapacidad”, matiza Calbó

Centros de adiestramiento
El futuro decreto regula todos los pasos necesarios tanto para reconocer la condición de perro de asistencia como las condiciones específicas de funcionamiento de los centros de adiestramiento. Si en la parte del reconocimiento de un perro como animal de asistencia este proyecto de decreto ya es novedoso al hablar de “requisitos de discapacidad y salud”, no lo es menos en el apartado de los centros de adiestramiento de perros de asistencia.
En el capítulo IV sobre estas escuelas señala que además de tener sede en Andalucía, personalidad jurídica propia, la condición de núcleo zoológico, pertenecer a alguna asociación o federación internacional de perros de asistencia, también debe “Contar con profesionales con la cualificación necesaria para el adiestramiento, de conformidad con el artículo 17 de la Ley 11/2021, de 28 de diciembre”, y emitir el certificado que acredite, en cada caso, “que el perro adiestrado en el centro cumple con la función para la que ha sido entrenado y mantiene con la persona usuaria la unidad de vinculación necesaria”.
Según el director general, “lo que pretendemos con esta selección o acreditación de centros de entrenamiento es dar las máximas garantías a las personas con discapacidad de Andalucía a la hora de adquirir y preparar a un perro”.

Gran desembolso
Hay que tener en cuenta además que esto es un proceso muy caro, que necesita una inversión muy alta para las personas con discapacidad, que la mayoría de las veces hacen un esfuerzo titánico para hacerse con uno de estos animales. “Por eso tenemos que conseguir ofrecer las mayores garantías a los usuarios, ese es nuestro objetivo a la hora de acreditar centros, que tengan un nivel que cumpla con las expectativas”, alañe Pedro Calbó.
Es en este punto, donde K9Málaga ha presentado alegaciones al borrador, en las que indica que en el citado artículo se deben incluir cinco exigencias más, como que en el centro de adiestramiento de estos perros además de ser una empresa exista una asociación sin ánimo de lucro vinculada a la entidad; que la entidad tenga contratado como mínimo a tres instructores de perros de asistencia con la acreditación reconocida por el Ministerio de Educación, o unas instalaciones acordes con lo que requiere el SEPE para esta familia profesional.
No se trata de que un adiestrador único sea finalmente el responsable de formar a los perros de asistencia, debe ser una entidad con programas de formación, una S.L. con profesionales acreditados por el Ministerio de Educación, es un respaldo grande, de esta forma los perros estarán arropados por una escuela canina, no por una persona sola”, añade la instructora de K9Málaga.
Otra de sus peticiones se basa en que se exija que las instalaciones cumplan todos los requisitos exigidos por el SEPE para esta familia profesional, como por ejemplo que las instalaciones tengan 5.000 metros cuadrados. “Tanto la Junta como nosotros queremos que la regulación sea lo más formal y oficial cuando se publique, acorde con todas las leyes al respecto que hay en el BOE”.

 

Cinco tipos de perros, ¿o seis?
Andalucía tiene regulado la existencia de cinco tipos de perros de asistencia.
Perro guía. Se encarga de guiar a personas con discapacidad visual, ya sea total o parcial, o con discapacidad auditiva añadida.
Perro de servicio. Presta ayuda y asistencia a las personas con discapacidad física en las actividades de su vida diaria tanto en el entorno privado como público.
Perro de señalización de sonidos. Avisa a las personas con discapacidad auditiva de la emisión de sonidos y su procedencia.
Perro de aviso. Su misión es dar una alerta médica a las personas con diabetes, epilepsia u otra enfermedad que pueda reconocerse mediante una orden de la Consejería.
Perro para personas con trastornos del espectro autista. Su función es cuidar la integridad física de una de estas personas, guiarla y controlar las situaciones de emergencia que pueda sufrir.

(Páginas 8 y 9)

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