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Profesionales del mundo judicial mueven montañas en defensa de los animales.

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Los casos de personas que incluyen en el testamento a su mascota son cada vez más habituales en Estados Unidos. En España no se puede si no es a través de recovecos. Un maltratador de perros en la mayor parte de Europa lo paga y bien, en España sale corriendo del juzgado a celebrarlo en el bar.

Por M. ARAMBARRI

    

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Cambiar las leyes no es tarea fácil. No solo hace falta una gran conciencia animal en una sociedad que avance hacia el respeto por los seres vivos, sino también colectivos que trabajen sin descanso para que nuestros dirigentes se impregnen de una vez por todas de cultura caninaTres colectivos son especialmente activos en el mundo judicial, y sus iniciativas unas veces reciben el respaldo por el que se dejan si no la vida en ello sí su tiempo y el de sus familias. CoPPA, colectivo formado por profesionales y expertos en el ámbito de la psicología, la psiquiatría, la pedagogía, la sociología y los derechos humanos; INTERcids, operadores jurídicos de los animales con dilatada experiencia en el campo de la protección de los animales; y el Consejo de la Abogacía Española con su Blog de Derecho de los Animales cuyos post no dejan indiferentes a nadie, llevan la voz cantante en materia de proponer iniciativas a favor de la dignificación de los animales.

Abogacía
El blog de la Abogacía Española es muy activo en crear conciencia a través de un análisis en profundidad de cualquier normativa, ley, borrador o sentencia que salte sobre los animales. “Los animales, sus derechos y las normas que rigen nuestra convivencia con ellos. Un punto de encuentro para hablar sobre una de las ramas del Derecho con más auge en los últimos tiempos”, es su preámbulo claro y directo sobre su actividad. En menos de una semana han dado un repaso a la futura Ley española de protección Animal, al respeto de los derechos humanos en la industria cárnica, a la prevención general y especial en la tipificación del maltrato animal o al anteproyecto de la Ley del Deporte y la protección de los animales, que ha pasado sin pena ni gloria en los medios de comunicación.

CoPPA
Este colectivo es el “responsable” de que el Código Civil proteja a los menores de los progenitores que maltratan animales. El Congreso de los Diputados aprobó la enmienda propuesta por CoPPA, que busca aumentar la protección de niñas y niños frente a las diversas formas de violencia psicológica y emocional, prohibiendo en concreto que un maltratador animal pueda tener la guarda o custodia de sus hijos. La Comisión de Justicia decretó por mayoría absoluta que la guarda compartida de menores pueda ser denegada a aquellos progenitores que han maltratado a animalesLa finalidad de esta enmienda es defender el interés superior de los menores cuando se trata de decidir sobre su custodia, protegiéndolos de otras formas de violencia que pueden sufrir en el ámbito de la familia, entre las que se incluye el maltrato a los animales. Actualmente en casos de ruptura de pareja en los que hay hijos, el artículo 92 del Código Civil prevé la posibilidad de denegar la guarda compartida a un progenitor que se encuentre inmerso en una causa penal por violencia física o psíquica hacia el otro cónyuge o sus hijas e hijos“Con la votación, el Congreso ha dado luz verde a que en este artículo se incluyan también aquellos supuestos en los que alguno de los progenitores hubiera incurrido en malos tratos a animales, o la amenaza de causarlos», declara la abogada María José Mata. “Esto representa un necesario e importante avance para la protección de los menores, máxime teniendo en cuenta la creciente y generalizada presencia de animales en los hogares en España”, señala.


INTERcids 
Lleva realizado un batallón de iniciativas a la modificación en marcha del Código Civil, la Ley Hipotecaria y la Ley de Enjuiciamiento Civil, sobre el régimen jurídico de los animales. Pero hay una que se resiste a los políticos: la inclusión de los animales en las sucesionesINTERcids ha recordado una y otra vez que la proposición de ley olvida un importante ámbito del ordenamiento civil en el que también es preciso incorporar la nueva consideración de los animales: las sucesiones“La incorporación de cláusulas testamentarias relativas a los animales de compañía es una cuestión que se plantea cada vez más en despachos jurídicos y notarías. Por ello, son necesarias previsiones en el Código Civil que permitan dar adecuado encaje y soporte legal a quienes expresan su voluntad de incluir en su testamento disposiciones sobre los animales que se encuentran a su cargo o cuidado”. Sin embargo, el texto de la Proposición de Ley ahora en tramitación no recoge referencia alguna a esta importante cuestión. Por este motivo, en un escrito dirigido por INTERcids a todos los grupos parlamentarios, pide que se reconozca expresamente el derecho de las personas a recoger en testamento su voluntad respecto al destino de los animales.

Desesperación
Para la mayoría de niñas y niños, los animales de compañía son considerados amigos, compañeros o miembros de la familia con los que comparten su vida. Seres vivos por los que sienten afecto, que son fuente de compañía y de apoyo emocional. Por eso, que los animales sufran daños o amenazas, causa angustia y desesperación a los menores. Si, además, estas agresiones provienen de uno de los progenitores, las consecuencias pueden ser gravísimas para el desarrollo sano del menor.

Los datos
150.000 abogados hay en España 
5.320 jueces y magistrados
2.471 fiscales

(Páginas 14 Y 15)

Entrevista: Ricardo Ayala: «Los ladridos son un delito de acoso vecinal»

17 comunidades autónomas,17 legislaciones caninas

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