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La futura ley animal se ha olvidado de profesionalizar a los peritos veterinarios

veterinario forense

Sectores juristas piden que se reconozca la figura esencial de perito forense veterinario desde la primera asistencia al animal hasta la ratificación del informe en el acto judicial

La reforma del Código Penal ha incluido mayores penas para los delitos de maltrato animal, pero deja en el tintero la existencia de una figura que los juristas consideran esencial: el perito veterinario forense. De existir, su informe en un juicio aclararía las circunstancias de las lesiones del animal, más allá de solo conocer el tratamiento que necesitó a tenor de una simple factura veterinaria.
La futura ley animal que ya pasó, después de idas y venidas, por todos los trámites y está a la espera de ser publicada en el BOE para entrar en vigor, se ha olvidado de profesionalizar a los peritos veterinarios.

Por Catalina Álvarez de la Gala. Miembro de la Comisión de derechos de los animales del Colegio de abogados de Granollers.
(Extracto de su publicación en el blog de los animales de abogacia.es)

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Varios gobiernos autonómicos han impulsado en los últimos años cambios normativos que han endurecido las sanciones por maltrato animal y abandono. Esto ha conllevado el incremento del número de veterinarios colegiados que se han adscrito a la bolsa de voluntarios existente, como en el caso del Colegio de Veterinarios de Valencia.
De igual forma que en la práctica judicial contamos con los Institutos de Medicina Legal y Ciencias Forenses (órganos técnicos adscritos al Ministerio de Justicia o, en su caso, a aquellas Comunidades Autónomas con competencia en la materia, cuya misión principal es auxiliar a la Administración de Justicia en el ámbito de su disciplina científica y técnica), la figura del veterinario como perito forense es esencial desde la primera asistencia al animal o animales hasta la ratificación de su informe y valoración en el acto del juicio oral. Su intervención resulta fundamental también para la valoración de eventuales infracciones administrativas relacionadas con las obligaciones y los deberes relativos al registro y al control de la vacunación del animal.
Se hace necesaria ‘la profesionalización de todos los sectores implicados, incluidos los peritos veterinarios’, tal y como indica el ICOVV en su propuesta de creación de un cuerpo de peritos veterinarios a escala nacional.
El veterinario forense podría entonces, intervenir no solo en las denuncias por maltrato, sino en la falta de atención sanitaria del animal, alteraciones del medio ambiente, e incluso, sería posible detectar casos en los que detrás de la conducta violenta de un animal nos encontráramos ante un delito de maltrato.
Otra razón que evidencia la necesidad de la intervención del perito veterinario en los momentos iniciales del proceso es la preservación de la cadena de custodia. La trazabilidad de la prueba dota de fiabilidad al informe emitido, respectando los criterios de conservación, aseguramiento, preservación y verosimilitud de la prueba establecidos por nuestro alto Tribunal. A ello cabe añadir que, otra de las ventajas que aportaría al proceso sería la práctica imposibilidad de cuestionar su imparcialidad, como sucedería con un informe pericial de parte, por cuanto al estar al servicio de la Administración de Justicia sería tratada como una prueba objetiva revestida de la presunción de imparcialidad.
Resultaría asimismo esencial también su intervención en la adopción de medidas cautelares, puesto que su valoración respecto al riesgo que supondría que el animal permaneciera en manos de su agresor durante la tramitación del procedimiento judicial, facilitaría su justificación, garantizando así su indemnidad.
Por otra parte, si bien es cierto que el número de denuncias por maltrato animal o abandono es creciente, también lo es que en la mayoría de los supuestos los denunciantes son, bien una asociación en defensa de los animales, sin ánimo de lucro y escasos recursos, o bien particulares que ya han destinado los pocos recursos de que disponen a procurar la asistencia veterinaria correspondiente tratamiento. Es por ello por lo que, en muchos casos, únicamente se dispone de la factura de los servicios veterinarios, que es utilizada como prueba documental para acreditar o intentar acreditar el alcance de los daños sufridos por el animal, y en el mejor de los casos, es el propio veterinario de buena voluntad el que se implica y plasma en un informe su valoración técnica en aras de la protección de los derechos del animal.
Con esto quiero señalar que serán pocos los casos en que el denunciante puede disponer de un informe pericial veterinario particular que será ratificado en el acto del plenario. Dicho de otro modo, el proceso judicial quedaría condicionado a la capacidad económica del denunciante. Este hecho constituye en sí mismo una vulneración del derecho al acceso a la justicia en condiciones de igualdad, por lo que de cara a favorecer tanto la denuncia como el buen fin de las resoluciones judiciales, se hace necesario crear la figura del forense veterinario.
El informe pericial, por tanto, va más allá de determinar el tipo de asistencia que requiere o ha requerido el animal, como sucede con la factura de los gastos veterinarios, sino que aclara las circunstancias en las que han tenido lugar las lesiones, y el alcance de las mismas, para sostener con firmeza la acusación penal que se pretenda. Prueba imparcial y contundente con plena independencia y basada en criterios científicos que no solo cuantificará económicamente los daños sufridos por el animal sino también los daños morales causados a su familia.

En el caso de la violencia instrumental en supuestos de violencia de género o violencia intrafamiliar, podría resultar sumamente beneficioso (tanto para la víctima como para el propio animal) contar con la valoración de un perito forense veterinario que acompañara a ambos durante el proceso. Así, de forma conjunta con el médico forense realizaría una valoración del alcance del daño moral provocado por este tipo de violencia para dotar a la prueba de la entidad suficiente como para poder ser considerada una circunstancia agravante de la pena que en su caso sea impuesta. También podría dar lugar al inicio de diligencias de instrucción en relación con el delito cometido contra el animal.

Los datos
256 diligencias de investigación incoadas por delitos de maltrato contra animales domésticos
1.266 procedimientos judiciales
330 escritos de acusación
267 sentencias condenatorias
67 resoluciones absolutorias
(Datos de 2021)

(Páginas 38 y 39)

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